El título de traductor oficial habilita para realizar traducciones y/o interpretaciones juradas de una lengua extranjera al castellano y viceversa en todo el territorio español.
Los Traductores-Intérpretes Jurados pueden certificar con su firma y sello la fidelidad y exactitud de sus actuaciones, empleando la fórmula que a tal efecto dicte el Ministerio. Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa que realicen los Traductores/as-Intérpretes Jurados/as tendrán carácter oficial. Aquí puedes leer más sobre nuestro trabajo.
Con el fin de facilitar información al ciudadano, la Oficina de Interpretación de Lenguas elabora periódicamente un listado de todos los Traductores-Intérpretes Jurados que han sido nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con indicación del idioma o idiomas para cuya traducción e interpretación han sido habilitados.
Desde 1994, soy Traductor Oficial / Intérprete Jurado para la lengua inglesa nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores del Gobierno de España (BOE 18/5/1994). Acceso a la Resolución. Mi nº oficial es el 2198.
En estos casi 20 años he realizado multitud de trabajos relacionados con la interpretación jurada y la traducción oficial de documentos de diversa índole y naturaleza: certificados académicos sentencias judiciales, balances de cuentas, declaraciones patrimoniales, documentación para la adopción internacional, etc.
Asimismo he sido coordinador e impulsor de la asignatura de Inglés para Juristas en el Grado en Derecho de mi Universidad, así como docente responsable de la asignatura Inglés Jurídico Avanzado en el Máster de Iniciación a Investigación en Derecho de la Universidad de Murcia.